Hacienda quiere que todos los sistemas que tienen los negocios para emitir facturas incluyan en ellas un código QR para que el cliente pueda escanearlo y verificar si el autónomo o empresario realmente ha cumplido con sus obligaciones y ha comunicado correctamente la información de esa operación a la Agencia Tributaria. Se trata de una de las propuestas incluidas en el proyecto de ley para desarrollar el reglamento que deberán cumplir todos los sistemas informáticos de facturación que utilicen los negocios y que está actualmente sometido a consulta pública.
El proyecto de ley nace para atajar el uso de programas que generan dobles contabilidades, es decir, que emiten tickets al cliente pero, a la vez, no registran esas operaciones y, por lo tanto, permiten al empresario no declarar una parte de sus ingresos a la Agencia Tributaria. Con el objetivo de acabar con estas conductas, el Gobierno quiere establecer unos requisitos que tendrán que cumplir todos y cada uno de los sistemas informáticos que utilizan los contribuyentes para emitir facturas.
Así pues, de salir adelante este reglamento, todos los sistemas de facturación que se utilicen en España, para ser legales, tendrán que cumplir algunas características como, por ejemplo, permitir que todas las operaciones que se realicen se graben en el sistema informático» y posibilitar «la legibilidad de los registros, el análisis automatizado y la simultánea remisión a la Administración tributaria«. Una de las condiciones más llamativas que recoge la propuesta legislativa es que estos programas certificados deberán además incluir un código QR -u otro sistema de verificación digital- en cada uno de los documentos que generen para que el consumidor final pueda escanearlos y comprobar si verdaderamente el autónomo o empresario ha contabilizado esa operación y todos los datos son correctos.
Según fuentes de la Agencia Tributaria, el uso de este sistema de verificación por parte de los clientes -consumidores y empresas- se apoya, por un lado, en la voluntad de colaboración ciudadana cuando haya sospechas de que un negocio podría estar ocultando parte de sus ingresos a Hacienda. Pero, además, supone, según Hacienda, «ventajas» ya que «facilitaría mucho las cosas a los empresarios, al poder contabilizar la mayor parte de la información de sus facturas tan sólo pasando el lector por el código QR. También supondría una tranquilidad para los negocios al saber que la contraparte con la que trabajan está haciendo bien las cosas».
Según Gestha esta medida tiene un carácter disuasorio
Concretamente, el proyecto propone que todos los programas informáticos que puedan tener los negocios para cumplir con su obligación de facturación deban incluir un «código identificativo de carácter alfanumérico o un código «QR»». De este modo, el receptor de la factura, es decir el cliente -que puede ser un particular u otro empresario- podrá proporcionar de «forma voluntaria determinada información de la factura a la Agencia Tributaria de dos maneras: facilitando el código identificativo de carácter alfanumérico», o escaneando «el código «QR»» a través de un dispositivo que ofrecerá la Agencia Tributaria para la lectura.
Esta lectura será posible a través de «una ruta específica» que ofrecerá la Agencia Tributaria en su sede electrónica o a través de la aplicación. Así, el cliente podrá mostrar los datos del código y «esta remisión por parte del receptor le permitirá verificar que la factura recibida ha sido remitida a la Agencia Estatal de Administración Tributaria por el emisor -en este caso, el autónomo o empresario- de la misma»,
Según José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), la idea tiene «un fuerte componente disuasorio y de incentivo al cumplimiento voluntario de las obligaciones por parte de los autónomos y empresas ya que, aunque previsiblemente muchos clientes no vayan a verificar esta información ni a remitir la factura a la Agencia Tributaria, siempre cabrá la posibilidad de que cualquier receptor de tus facturas pueda hacerlo y detectar, tanto él como los técnicos, que no está correctamente contabilizada».
El abanico de situaciones en las que un cliente podría decidir remitir y verificar la factura que se le ha entregado es extenso. Sin ir más lejos, podría darse el caso de un consumidor que haya quedado insatisfecho y haya detectado algún error en el documento, o incluso sospeche de que el negocio tiene una doble contabilidad. «También podría ser el caso de un cliente que esté inseguro con la compra de un producto que ya ha realizado porque no recibió la garantía y quiere cerciorarse de que todo está en orden. Con el código, existirá siempre la posibilidad de comprobar que todo se ha registrado correctamente y el negocio tendrá la duda de si un cliente podría remitir la factura a la Agencia, así que es más complicado que se exponga a no registrar esa operación«, añadió el secretario general de Gestha.
Al menos dos formas en las que podría afectar este sistema a los autónomos
Esta propuesta, que todavía tendrá que superar diversos trámites y filtros como el Parlamentario, tendría «una doble vertiente para los autónomos. Una es en su faceta de emisores de las facturas que pueden ser comprobadas por los consumidores y remitidas a la Agencia. Pero también les afectaría como clientes que compran a otras empresas ya que, por ejemplo, podrán escanearlas e incluir en su contabilidad todos los gastos que hayan realizado para su actividad. Y además podrán asegurarse de que la contraparte hace bien las cosas«, explicaron fuentes de la Agencia.
De salir adelante el proyecto, posiblemente, se modificaría el reglamento de facturación para que todas las facturas emitidas en España tuvieran que llevar un QR. Por lo que los autónomos y empresas en general estarían sometidos a un mayor control, ya que sus clientes tendrían la posibilidad de aportar información de sus operaciones a la Agencia Tributaria y Hacienda engrosaría sus bases de datos y tendría más conocimientos para comparar sus operaciones realizadas con las que declaran.
Por otro lado, el autónomo también podría verse implicado en la segunda parte, en su faceta de cliente de otras empresas. «En este caso, los QR supondrían una ventaja para ellos, ya que harían más fácil la incorporación de la información en sus sistemas contables. Sólo con pasar el lector, el empresario ya incluiría la mayor parte de los datos de cada factura de gastos. Esto redundaría en una mayor agilidad y en un gran ahorro de tiempo», apuntaron fuentes de la AEAT.
Además, Hacienda explica que el autónomo como cliente también podría ganar «en seguridad, ya que tendrá una manera de chequear esa información y tener garantías de que su contraparte -la empresa a la que compra los productos o servicios- cumple sus obligaciones. Esto daría una mayor dosis de tranquilidad a los negocios en supuestos especiales. Por ejemplo, un caso claro, sería el de las tramas de falsa facturación. Remitiendo y verificando las facturas, el empresario evitaría que, en caso de que su proveedor esté implicado en este tipo de organizaciones, Hacienda pueda dudar también de él».
Hacienda también propone que todos los software de los negocios puedan enviarle las facturas en tiempo real
Además de la condición de que las facturas emitidas incluyan un QR, la ley propone otros requisitos que tendrían que cumplir estos programas y que también aumentarían el control fiscal de los autónomos. Uno de ellos es que se exigirá que estos software tengan la «capacidad de remitir información a la Administración tributaria de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente todos los registros de facturación generados por medios electrónicos».
En otras palabras, de salir adelante esta propuesta, uno de los -muchos- requisitos que deberán cumplir todos los programas que utilicen los autónomos y empresas para facturar es que permitan enviar en tiempo real las facturas a la Agencia Tributaria para su control.
Y la ley deja muy claro que este reglamento se aplicará a todos los autónomos que tengan un sistema para emitir facturas, es decir, la mayoría de ellos. Concretamente, la ley específica que los requisitos se aplicarán a los obligados tributarios que se indican a continuación y que utilicen sistemas informáticos de facturación, aunque sólo los usen para una parte de su actividad:
Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas.
- Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que obtengan rentas mediante establecimiento permanente.
- Las entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, sin perjuicio de la atribución de rendimientos que corresponda efectuar a sus miembros.
Otros requisitos que deberán cumplir los nuevos software y nuevas propuestas del reglamento
Según explica el apartado 8 de este proyecto de ley para el reglamento de facturación, los requisitos que deberán cumplir ´los software para ser legales -además de la posibilidad de remisión inmediata de facturas- serán:
- Por cada entrega de bienes o prestación de servicios deberá generar, de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura, un registro de facturación de alta.
- Deberá garantizar la integridad e inalterabilidad de los registros de facturación de forma que, una vez registrados los datos de facturación, éstos queden protegidos contra cualquier acción que comprometa la exactitud, autenticidad y completitud de los datos almacenados, de manera que ninguno de los datos registrados pueda ser alterado, ni por el propio sistema informático, ni por el usuario ni por ningún dispositivo, sistema o programa informático o electrónico externo.
- También deberá garantizar la trazabilidad de los registros de facturación, que deberán estar encadenados de manera que pueda verificarse su rastro siguiendo su secuencia de creación desde el primero al último. El sistema informático deberá proporcionar funcionalidades que permitan el seguimiento de los datos registrados de forma clara y fiable.
- Contar con todos los registros de facturación generados por el propio sistema informático.
- Contar con un registro de eventos que recoja automáticamente todas las interacciones con dicho sistema informático, las operaciones realizadas con él y los sucesos producidos durante su uso, como el arranque y parada del sistema informático
- En los sistemas informáticos que soporten los procesos de facturación, deberá encontrarse debidamente disociada la información con trascendencia tributaria de la posible información confidencial de carácter no patrimonial, de forma que la Administración tributaria pueda acceder directamente a la información con transcendencia tributaria.
Fuente: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/tus-finanzas/hacienda-quiere-que-facturas-autonomos-lleven-codigos-qr-que-cliente-verifique/20220301112232026177.html